Cómo impugnar el valor de referencia de un inmueble.

Cómo impugnar el valor de referencia de un inmueble.

Cómo impugnar el valor de referencia de un inmueble

Presentar la autoliquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) o Sucesiones y Donaciones (ISD) con el valor de referencia actual.

Solicitar la rectificación de la autoliquidación después de pagar el impuesto.

Presentar un escrito solicitando la corrección del valor de referencia:

Utilizar certificado digital, clave Pin o Permanente, o DNI con número de Soporte.

Acceder a la web del Catastro.

Aportar pruebas que justifiquen un valor menor:

Informe pericial.

Tasación oficial.

Documentación sobre características que reduzcan el valor.

Si el Catastro resuelve favorablemente, solicitar la devolución del exceso de impuestos pagados.

Se recomienda contar con asesoramiento profesional. Recuerde que el valor de referencia es la base imponible mínima para el ITP y el ISD, pero si el precio de compra o el valor declarado es superior, se utilizará este último.

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